ITEM 101 - Información

Desde la Junta Interna ATE-CNEA queremos compartir el desarrollo de los acontecimientos de los últimos días respecto de la resolución referida a la dedicación funcional, y la información que fuimos obteniendo frente a las dudas que surgieron de varios compañeros.

Desde la junta Interna ATE-CNEA decidimos firmar, por mayoría, el acuerdo sobre la discriminación de nuestra Retribución Básica en dos categorías: Sueldo Básico y “dedicación funcional” (Resolución N° 395 que salió hoy en el BAP 73/15), quedando en minoría los delegados que se oponían a la firma de este acuerdo.

El jueves 19/11 las autoridades nos convocaron a todos los Gremios a una reunión de urgencia para abordar este tema donde nos informaban que habían elaborado una propuesta para reducir el impacto del impuesto a las Ganancias a los trabajadores de CNEA. En la reunión solicitaron el visto de los Gremios a través de un acta acuerdo firmado por el resto los gremios.

Ante la firma del acta acuerdo tuvimos en cuenta el compromiso de las autoridades y de asuntos jurídicos respecto de:

  • El impuesto a las Ganancias se verá drásticamente disminuido a los trabajadores de CNEA. El 50% del básico (dedicación funcional) no será alcanzado por este impuesto, aclararon que en noviembre se hará a partir del día 15 del mes.
  • La retribución básica estaría compuesta por dos partes: ítem 101(a) - sueldo básico (50%) y ítem 101(b) dedicación funcional (50%). El ítem 101 seguirá siendo la sumatoria de (a + b).
  • La totalidad de la retribución básica seguirá siendo el ítem 101 (a + b) y sobre este se harán los descuentos habituales correspondientes a jubilación, obra social, afiliación a ATE, etc. Esto se vería reflejado en los recibos de sueldo a partir de diciembre.
  • En particular la jubilación no se verá afectada.
  • Para los ítems (guardias, zona, etc.) y otras cosas que dependen del ítem 101 en la actualidad, se considerará, según la resolución, la suma de los dos subitems como un único sueldo básico. Consecuentemente los ítems mencionados se considerarán a partir del cambio, como dependientes de la suma 101 (a+b).
  • No se verán afectados nuestro salario en futuros aumentos porque ambas partes son parte de la retribución básica de nuestro sueldo.
  • En ARN y en los organismos que tienen el SINEP hace seis años que tienen esta modalidad.
  • Esta resolución beneficiará a más de 1600 compañeros que hoy les descuentan ganancias en CNEA.

Tras la inquietud de algunos compañeros reforzamos la información consultando con asuntos Jurídicos de CNEA y queremos hacer extensiva esta información: La Retribución básica jurídicamente tiene carácter de normal, habitual y permanente esto seguirá siendo el ítem 101 (a+b). Las tareas que requieran contraprestación seguirán siendo liquidadas en OTROS ítems como ser desarraigo, movilidad fija, turnos, guardias, Licencias de Operación, etc.

Como gremio RECHAZAMOS la aplicación del impuesto a las ganancias a los trabajadores de CNEA ya que somos asalariados y venimos hace años peleando consecuentemente. Sostenemos que esto no soluciona el problema de fondo y queda demostrado empíricamente que el de ganancias era un reclamo legítimo. Medidas de este tipo podrían haberse implementado hace años, evitando que 1600 compañeros perdieran injustamente parte de su salario durante este tiempo. Por último le exigimos a las autoridades que se hagan presentes en los sectores de trabajo para que expliquen y respondan de primera mano a los trabajadores las inquietudes que puedan surgir.

Junta Interna ATE- CNEA.
Independiente del Gobierno y las Autoridades.

No hay comentarios:

Publicar un comentario