En el ámbito de la Comisión Nacional de Energía Atómica pueden observarse distintos hechos, costumbres y prácticas que, o bien son derivadas de las diferentes tipos de contratación existente en el ámbito laboral, o bien son conductas erróneas que se ven agravadas por dichas diferencias, incluyendo la manipulación de las mismas.
Dentro de los trabajadores comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT, decreto 214/2006) podemos mencionar los agentes de planta (“planta”) y los contratos llamados a “plazo fijo” o “a término”.
Dentro de las personas que trabajan compartiendo el mismo ámbito laboral, sin estar incluidos en el CCT, podemos mencionar:
a) Becas CNEA: con relación de dependencia reconocida. Forman parte de cualquier grupo o proyecto de trabajo, respondiendo a un director, quien es agente de planta. Tienen un reglamento con derechos y deberes, incluyendo un régimen de licencias distinto al explicitado en el CCT. No son reconocidos como trabajadores: no realizan aportes, ni cuentan con un aguinaldo ni otros beneficios otorgados a los agentes de planta. Son principalmente perjudicadas las becarias madres ya que la licencia por maternidad es por un lapso menor y no cuentan con el descanso diario por lactancia, entre otras cosas. [1]
b) Contratos vía Fundación Balseiro: Sin relación de dependencia reconocida por la CNEA, pero responden a un jefe que es parte de la estructura de la institución y forman parte de grupos y/o proyectos de trabajo de la misma. Tienen un régimen de licencias ordinarias y especiales diferente al detallado en el CCT. [2]
c) Monotributo (prestadores de servicio de universidades): Sin relación de dependencia reconocida por la CNEA, pero responden a un jefe que es parte de la estructura de la institución, formando parte de grupos y/o proyectos de trabajo de la misma. El régimen de licencias y demás derechos depende del contrato que el trabajador ha debido firmar, pudiendo ser inexistente en algunos casos. No tienen obra social ni aguinaldo reconocido. Es importante resaltar que la ausencia de los derechos concernientes a la maternidad es particularmente perjudicial para las mujeres trabajadoras. [3]
d) Trabajadores tercerizados: existen áreas de trabajo permanente que en la institución son cubiertas mediante empresas tercerizadas (limpieza, control y seguridad en el ingreso al predio, mantenimiento, comedores, etc.). Los trabajadores de estas empresas, quienes comparten el día a día con el resto de los trabajadores de CNEA, están regidos por otro CCT. Las diferencias que esta realidad plantea se han hecho públicas después del asesinato de Mariano Ferreyra (20/10/2010): una gran explotación laboral, caldo de cultivo para maltratos y persecuciones de la peor calaña, junto con acomodos y favores, incluyendo muchas veces negocios de dudosa procedencia. Entre los elementos que podemos mencionar encontramos grandes diferencias en los salarios, malas condiciones de trabajo, situaciones de maltrato que son dificiles de abordar desde la institución debido a la condición de tercerizadas, gran cantidad de derechos que las empresas tercerizadas no garantizan y que CNEA muchas veces dilata el cumplimiento (principalmente aquellos que atañen a la mujer), etc.
Naturalización del maltrato
A partir de las diferencias existentes en los distintos tipos de relación laboral, existen
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CAE Denuncias de Maltrato Laboral
A continuacion se transcribe la nota presentada por los delegados de ATE al Sr. Gerente de Area de Aplicaciones de la tecnologia Nuclear, con copia a la Sra. Presidente de la CNEA y a la Delegacion CIOT-CNEA.
***
Buenos Aires, 06 de Enero de 2011
Sr. Gerente de Area Aplicaciones de la Tecnología Nuclear
Licenciado Juan Carlos Furnari
En los ultimos tiempos recibimos denuncias de compañeros/as que han sido objeto de tratos inadecuados por parte de jefes y jefas que estan bajo su dependencia.
Tal situacion genera preocupacion y disgusto por que es inaceptable que en un lugar de trabajo (sobre todo estatal) haya personas que enancadas en un cargo (que siempre es transitorio) ejerzan violencia laboral provocando situaciones de malestar fisico y animico en las personas.
La CNEA es una empresa comun a todos quienes trabajamos en la Institución, por lo tanto es inaceptable situaciones de maltrato laboral por parte de funcionarios que abusan de su cargo. Resaltamos la irritación que genera en el ambito laboral la reacción de gerentes y jefes denunciados ya que estos toman represalias o intimidan a las personas que fueron objeto de maltrato, reprochándoles el haber comunicado a los delegados la anormalidad vulnerando el derecho de defensa y exteriorizando abuso de poder (el poderoso quiere impunidad).
Concretamente solicitamos reunirnos con usted a fin de tratar lo siguiente: a última hora del 28/12/10 solicitamos una reunión para tratar los casos de 2 (dos) trabajadoras que fueron tratadas inadecuadamente:
a) A una le cambiaron la cerradura de su lugar de trabajo para impedirle el ingreso.
b) A otra le retiraron elementos de trabajo del escritorio y la dejaron sin funciones.
En horas del mediodia del 29/12/10 el Gerente Cols, se comunicó con un integrante de la junta interna para "reclamar" justificación por el pedido de reunión en un tono inadecuado para su investidura. Si el tono para tratar con delegados es el que utilizó con nosotros, ni pensar como se dirigen al personal a su cargo. Estamos en una situación de violencia laboral. Deben saber señores que el respecto debe ir del más chico al más grande y viceversa. Estamos en una democracia y no en una monarquía Dada la gravedad de los hechos relatados en la presente, es necesario una reunión a la brevedad, y además instruya a todo el personal a su cargo para que estas prácticas violatorias de la legislación vigente cesen de inmediato.
Junta Interna ATE CNEA Buenos Aires
Independiente del Gobierno y de las Autoridades
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Buenos Aires, 06 de Enero de 2011
Sr. Gerente de Area Aplicaciones de la Tecnología Nuclear
Licenciado Juan Carlos Furnari
En los ultimos tiempos recibimos denuncias de compañeros/as que han sido objeto de tratos inadecuados por parte de jefes y jefas que estan bajo su dependencia.
Tal situacion genera preocupacion y disgusto por que es inaceptable que en un lugar de trabajo (sobre todo estatal) haya personas que enancadas en un cargo (que siempre es transitorio) ejerzan violencia laboral provocando situaciones de malestar fisico y animico en las personas.
La CNEA es una empresa comun a todos quienes trabajamos en la Institución, por lo tanto es inaceptable situaciones de maltrato laboral por parte de funcionarios que abusan de su cargo. Resaltamos la irritación que genera en el ambito laboral la reacción de gerentes y jefes denunciados ya que estos toman represalias o intimidan a las personas que fueron objeto de maltrato, reprochándoles el haber comunicado a los delegados la anormalidad vulnerando el derecho de defensa y exteriorizando abuso de poder (el poderoso quiere impunidad).
Concretamente solicitamos reunirnos con usted a fin de tratar lo siguiente: a última hora del 28/12/10 solicitamos una reunión para tratar los casos de 2 (dos) trabajadoras que fueron tratadas inadecuadamente:
a) A una le cambiaron la cerradura de su lugar de trabajo para impedirle el ingreso.
b) A otra le retiraron elementos de trabajo del escritorio y la dejaron sin funciones.
En horas del mediodia del 29/12/10 el Gerente Cols, se comunicó con un integrante de la junta interna para "reclamar" justificación por el pedido de reunión en un tono inadecuado para su investidura. Si el tono para tratar con delegados es el que utilizó con nosotros, ni pensar como se dirigen al personal a su cargo. Estamos en una situación de violencia laboral. Deben saber señores que el respecto debe ir del más chico al más grande y viceversa. Estamos en una democracia y no en una monarquía Dada la gravedad de los hechos relatados en la presente, es necesario una reunión a la brevedad, y además instruya a todo el personal a su cargo para que estas prácticas violatorias de la legislación vigente cesen de inmediato.
Junta Interna ATE CNEA Buenos Aires
Independiente del Gobierno y de las Autoridades
Maltrato laboral y extravío de expedientes en CNEA
En la CNEA pueden observarse distintos hechos que son derivados de los tipos de contratación precaria coexistentes junto con planta: distinto salario a igual trabajo, despidos encubiertos, derechos laborales reconocidos a veces y otras no (licencias, experiencia, guardería, etc), entre otros. Pueden verse tambien una naturalización y utilización del maltrato laboral, derivados de estas diferencias.
En la Comisión existen casos de maltrato laboral denunciados. Una de las denuncias, presentada tiempo atrás, dio origen a un expediente que ha peregrinado por diversas instancias de la institución, siendo el mismo congelado en Relaciones Laborales, perdido en parte, reconstituido mediante copias, no foliado correctamente, existen sospechas de que faltan fojas, y se ha llegado al extremo de entregar una copia del mismo a uno de los implicados en la denuncia, violando la garantía de confidencialidad con la que cuentan este tipo de denuncias (art. 126 CCT).
Este tipo de accionar, lejos de erradicar la violencia laboral, la instituye. La víctima es castigada doblemente: no sólo ha sufrido el maltrato, sino que cuando lo denuncia, la institución es negligente e irresponsable al no asegurar, en su forma de gestión administrativa, ningún tipo de control que impida tergiversar el expediente.
El gobierno mantiene a los trabajadores con salarios bajos y precarización, generando situaciones de desigualdad, sin ningún mecanismo que permita responder ante las situaciones de maltrato laboral y acoso.
- Pase a planta permanente como solución definitiva a la precarización y desigualdad laboral
- No al encubrimiento de quienes ejercen maltrato laboral
Junta Interna ATE CNEA Buenos Aires
Independiente del Gobierno y de las Autoridades
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